1 ¿En qué consiste, para qué y cuándo realizarlo?

Consiste en abonar por derechos de construcción un importe sobre el valor de obra que se construye.

2 ¿Dónde y en qué horario se realiza?

Se realiza en la Administración de Ingresos Municipales (AIM) ubicada en calle Fotheringham Nº 1364, en el horario de:

por la mañana 07:30 hs. a 12:30 hs.

por la tarde 15:00 hs. a 20:00 hs.

3 ¿Quién puede efectuarlo?

Debe efectuarlo la persona titular y/o tercero.

4 ¿Qué se necesita para realizarlo?

El trámite se inicia en la Dirección de Obras Privadas en donde debe presentar los siguientes requisitos.

1) Presentarse con el expediente por Mesa de Entrada, de la Dirección de Obras Privadas.

2) El expediente se pasa a Control de Edificación en donde se realiza en visado técnico, liquidación y resolución del mismo.

3) Una vez realizado, el profesional o propietario debe consultar en Control de Edificación el estado de dicho expediente y el número del mismo.

4) Con dicho número de expediente dirigirse a la Administración de Ingresos Municipales (AIM) para hacer el pago del Derecho de Construcción.