La Administración de Ingresos Municipales (AIM) de Formosa informa que hasta el 11 de Marzo del 2024 es la fecha para acceder al Pago Anual Anticipado con bonificación.
Bonificación general del 20%, en los siguientes Tributos:
- Tasa Única de Servicios.
- Impuesto Inmobiliario.
- Contribución por Servicios que inciden sobre los vehículos Automotores y otros Rodados.
- Contribución por Servicios relativos a la Publicidad y Propaganda
- Contribución que inciden sobre la Verificación de Antenas, Estructura y/o Elementos de soporte de Antenas y sus equipos Complementarios de los Servicios de Telecomunicaciones Móviles.
Bonificación Adicional del 5% sobre las liquidaciones que se efectúen y emitan a través de la página Web de la Administración de Ingresos Municipales (AIM) con clave fiscal Municipal: www.ingresosmunicipfsa.com.ar y/o mediante el uso de Aplicación Móvil de contacto con el vecino “Formosa tu ciudad digital”, también con clave fiscal Municipal.
Bonificación Adicional del 10% más para los “buenos contribuyentes” incluidos en el Art. 15 Ord. 7740/22; que no registren requerimiento de información pendiente de cumplimiento.
Bonificación del 10% para cada periodo fiscal, a aquellos contribuyentes que abonen los tributos municipales en tiempo y forma antes de su respectivo vencimiento.
NUEVA MODALIDAD DE PAGO MEDIANTE DÉBITO AUTOMÁTICO
- Bonificación del 5%
Aquellos contribuyentes que sean Responsables de Pago de los tributos Tasa Única e Impuesto Inmobiliario y Tasa de Utilización de la Vía Pública, como así también sean a la vez titulares de la Cuenta Bancaria y procedan al sistema de Adhesión al Débito Automático por el período fiscal vigente.
LUGARES Y HORARIOS DE ATENCIÓN:
- ADMINISTRACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES (AIM): Fotheringham Nº 1364. Lunes a Viernes de 07.30 a 12.30 y de 16 a 20.
- PRINGLES Y RIVADAVIA: Lunes a Viernes de 07.30 a 12.30 y de 16 a 20.
- CENTRO CÍVICO MUNICIPAL del Barrio Eva Perón: Lunes a Viernes de 8.00 a 12.00 y de 17 a 19.
Formas de Pago en Cajas de la Municipalidad:
- Contado Efectivo.
- Cheque al día emitido a nombre de la Municipalidad de Formosa.
- Con TODAS las Tarjetas de débito.
- Con tarjeta de Crédito del Banco Hipotecario de 01 y 06 cuotas sin interés.
- Con tarjeta CHIGÜE en 01 y 03 cuotas sin interés.
Medios de Pago Habilitados
- Presenciales: Administración de Ingresos Municipales (AIM) - Pringles y Rivadavia - Centro Cívico Municipal del Circuito Cinco.
- A Distancia:
- Con CLAVE FISCAL MUNICIPAL desde la Página Web de la Administración de Ingresos Municipales (AIM) www.ingresosmunicipfsa.com.ar mediante el Código de Pago Electrónico (CPE) -ingresar al Home Banking, buscar el ente “Formosa- Municipalidad de Formosa ONLINE” e ingresar el CPE o desde la Aplicación Móvil “Formosa tu ciudad Digital”.
- Por Transferencia: adjuntando constancia de transferencia y liquidación de la Tasa que se abona informando al correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- Aplicaciones Móviles: “Mercado Pago”. “Onda siempre podes comprar” del Banco Formosa (escaneando el volante de pago -no vencido- que se envía al domicilio)
- OTROS LUGARES HABILITADOS: Cajas del Banco Formosa. Sistemas Bapro Pagos, PagoFacil, RapiPago y Red Link.
CONTACTOS:
- Call Center: 0800-9999-147
- Cel: 3704-336478 / 3704-031955
- Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
ANEXO I -DISPOSICION N° 681/23
MUNICIPALIDAD DE FORMOSA - CALENDARIO TRIBUTARIO AÑO FISCAL 2024
A -CONTRIBUCIÓN POR SERVICIOS RELATIVOS A LA PUBLICIDAD Y PROPAGANDA: fijese el día 10 de cada mes como fecha de vencimiento de la cuota mensual.
B -CONTRIBUCIÓN POR SERVICIOS RELATIVOS A ESPECTÁCULOS PÚBLICOS: el importe mínimo establecido en el Art. 14 Cod. Tarif. , al momento de efectuar la solicitud. La diferencia, en su caso, deberá ser abonada dentro de las 72 hs hábiles de la realización del evento.
C -CONTRIBUCIÓN POR SERVICIOS RELATIVOS A LOS CEMENTERIOS: establecese dos pagos semestrales para la Contribución por servicios de Mantenimiento, Limpieza y Conservación de los Cementerios Municipales. Para los pagos relacionados con Arrendamientos en los Cementerios Muncipales fíjense cuatro cuotas trimestrales.
D -CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LA CONSTRUCCIÓN: para los incisos a) y b) del Art. 253 Cod. Trib. la contribución respectiva del Art. 21 Cod. Tarif. deberá ser abonada al momento de solicitud del servicio.
Para los incisos c) d) y e) del Art. 253 Cod. Trib. se deberá abonar el pago a cuenta (Art. 262 Cod. Trib.) de la contribución respectiva del Art. 21 Cod. Tarif. al momento de la presentación de la documentación.
El plazo para el pago del saldo tendrá su vencimiento al quinto día hábil posterior a la notificación de la Resolución Definitiva.
E -CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LA CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE ANTENAS: para el inciso a) del Art. 22 Cod. Tarif. la contribución respectiva deberá ser abonada al momento de solicitud del servicio.
Para los incisos b), c), d) y e) del Art. 22 Cod. Tarif. se deberá abonar el pago a cuenta (Art. 275 Cod. Trib.) de la contribución respectiva del Art. 22 Cod. Tarif. al momento de la presentación de la documentación.
El plazo para el pago del saldo tendrá su vencimiento al quinto día hábil posterior a la notificación de la Resolución Definitiva.
F -CONTRIBUCIONES QUE INCIDEN SOBRE LA VERIFICACIÓN DE ANTENAS: fijese el día 10 de cada mes como fecha de vencimiento de la cuota mensual.
G -CONTRIBUCIÓN POR SERVICIOS VARIOS: la contribución respectiva del Art. 24 Cod. Tarif. deberá ser abonada al momento de solicitud del servicio/actividad.
H -CONTRIBUCIÓN QUE INCIDE SOBRE LAS HABILITACIONES DE LOCALES DE COMERCIOS: la contribución respectiva de los Art. 25 al 28 Cod. Tarif. deberá ser abonada al momento de solicitud del servicio/actividad.
I -CONTRIBUCIÓN QUE INCIDE SOBRE LA OCUPACIÓN O UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL DOMINIO PÚBLICO: fíjese el día 10 de cada mes como fecha de vencimiento de la cuota mensual. En el caso de autorizaciones por día o semana, la contribución deberá ser abonada al momento de otorgarse la autorización respectiva, sin perjuicio de la Contribución del Art. 24 Cod. Tarif. que corresponda al momento de la solicitud.
J - Para todos los casos que corresponda su aplicación, la Contribución por Servicios de Oficina que fuere aplicable según lo establecido en el Art. 24 del Código Tarifario deberá ser abonada al momento de efectuarse la solicitud del servicio/actividad administrativa.
K - Se establece como fecha limite para la aplicación de la bonificación por pago anual anticipado el 11 de marzo de 2024.-