Requisitos solicitados:
- Dos (2) copias de Planos o croquis a escala (Carátula Municipal con datos actualizados plantas, cortes, vistas, acotados y con la/s firma/s de propietario/s y profesional/es.)
- Estudio de Dominio estampillado expedido por la Dirección de Catastro de la Municipalidad (Fotheringhan nº 1364).
- Copia de Contrato de alquiler o documentación que verifique la propiedad.
- Contrato de comodato o autorización del propietario. En el caso de que el inmueble tenga más de un propietario, deberá contar con la autorización de todos los propietarios.
- En caso de sociedades comerciales o civiles presentar copia autentica del contrato social y/o estatuto, designación del representante legal. Resolución de inscripción como persona jurídica.
- En caso de que el inmueble pertenezca al I.P.V, deberá contar con Autorización del mismo, para cambio de destino de local, ampliación o el desarrollo de actividades comerciales.
- Factibilidad de Suministro de Energía Eléctrica (REFSA).
- Factibilidad de Ministerio de la Producción – Subsecretaria de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental (Impacto Ambiental).
- Atura máxima otorgada por FF.AA. o ANAC.
Generalidades:
Deberá cumplir con las siguientes exigencias:
- Código Urbanístico Ord. 302/78, desarrollar todas sus actividades dentro de la parcela absorbiendo las diversas molestias o peligros que pueden causar a linderos, disponer de espacio tanto para operaciones de cargas y descarga como para estacionamiento.
- Reglamento General de Construcciones – Decreto/Ordenanza 710/77 y sus modificatorias.
- Ordenanza 5547/08 sobre utilización de espacio público.
- Si las actividades fueran degradantes o susceptibles de degradar el ambiente, deberán presentar conforme la ordenanza 2610/92 un informe de evaluación de impacto ambiental en todas las etapas del desarrollo del `proyecto (ver Código Ambiental Ord. 2710/92), quedando sujeta su verificación por el Ministerio de la Producción – Subsecretaria de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental.
- Reglamento contra incendios – Ord. 1387/85.-
- Ordenanza 600/80 para la correcta localización y respectivos usos.