Estudio, análisis y aprobación de la documentación técnica relativa a cualquier tipo de obras y/o proyectos de instalaciones eléctricas, obras privadas nuevas o existentes, ampliaciones, refacciones, remodelaciones, demoliciones y/o instalaciones; como así también el visado previo de anteproyectos y proyectos de obras privadas nuevas o existentes, la inspección y verificación de construcciones, edificaciones e instalaciones y de extracción de áridos; el contralor y la inspección de las obras públicas de pavimentación, desagües, iluminación, instalaciones de redes de aguas corrientes, cloacales, de gas y demás obras públicas que se ejecuten en el municipio; y los restantes servicios y diligenciamientos que conciernan a la construcción en inmuebles u otras obras ubicados dentro del ejido municipal.
Administración de Ingresos Municipales (AIM)
Debe efectuarlo la persona titular y/o profesional.
Para Legajo Técnico deberá presentar:
- Formulario N° 1
- Constancia de Pago Anticipado. Art N° 262
- Estudio de Dominio
- Fotocopia del/ los D.N.I.
- EE2 y/o EE3
- Formulario 4
- 5 Juegos de Planos
El trámite se inicia en la Administración de Ingresos Municipales (AIM) en donde se debe abonar el anticipo para iniciar el trámite.
1) El expediente se pasa a Control de Edificación en donde se realiza el visado técnico, control y resolución del mismo.
2) Una vez realizado, el profesional o propietario debe consultar en el Área Control de Edificación (Dirección de Obras Privadas) el estado de dicho expediente.
3) Notificada la Resolución Definitiva, con dicho número de expediente dirigirse a la Administración de Ingresos Municipales (AIM) para hacer el pago restante del Derecho de Construcción.