REQUISITOS:

Según art. 27° ordenanza 7708/22

- El Municipio sólo realiza un visado siendo de responsabilidad exclusiva del propietario y del profesional actuante.-

REQUISITOS:

REQUISITOS:

Según art. 77° ordenanza 7708/22

REQUISITOS:

Según art. 21° ordenanza 7708/22

REQUISITOS:

Según art. 21° ordenanza 7708/22

Para la certificación de las copias a fin de ser presentadas en la Entidad Bancaria, INDEFECTIBLEMENTE deberá iniciar un expediente de obra ante la Municipalidad, pues lo que se certifica es la PRESENTACIÓN no visado ni autorización, con 48 hs como mínimo.

REQUISITOS:

Según art. 20° ordenanza 7708/22

REQUISITOS:

Según art. 20° ordenanza 7708/22