Requisitos solicitados:
- Dos (2) copias de Planos a escala (Carátula Municipal con datos actualizados, plantas, cortes, vistas, acotados y con la/s firma/s de propietario/s y profesional/es.)
- Estudio de Dominio estampillado expedido por la Dirección de Catastro y tierras fiscales de la Municipalidad de Formosa (Fotheringhan nº 1364).
- Copia de Contrato de alquiler o documentación que verifique la propiedad.
- Contrato de comodato o autorización del propietario. En el caso de que el inmueble tenga más de un propietario, deberá contar con la autorización de todos los propietarios.
- En caso de sociedades comerciales o civiles presentar copia auténtica del contrato social y/o estatuto, designación del representante legal. Resolución de inscripción como persona jurídica.
- En caso de que el inmueble pertenezca al I.P.V, deberá contar con Autorización del mismo, para cambio de destino de local, ampliación o el desarrollo de actividades comerciales.
- En caso de Obra Nueva, Factibilidad de Suministro de Energía Eléctrica (REFSA S.A.), Factibilidad de Conexión de Agua Potable y recolección de residuos cloacales, ambas solicitadas a las empresas prestatarias de dichos servicios (Aguas de Formosa S.A.).
- En caso de contar con los servicios de Agua Potable y recolección de residuos cloacales, y Suministro de Energía Eléctrica, deberá presentar factura / comprobante de pago o documentación que avale el suministro de dicho servicio.
- En caso de que el Inmueble comprenda varios lotes, deberá contar con la Unificación de parcelas (expedido por la Dirección de Catastro de la Municipalidad de Formosa).
Generalidades:
Deberá cumplir con las siguientes exigencias:
- Código Urbanístico Ord. 302/78, desarrollar todas sus actividades dentro de la parcela absorbiendo las diversas molestias o peligros que pueden causar a linderos, disponer de espacio tanto para operaciones de cargas y descarga como para estacionamiento.
- Reglamento General de Construcciones – Decreto /Ordenanza 710/77 y sus modificatorias.
- Ordenanza 5547/08 sobre utilización del espacio público.
- Reglamento contra Incendios – Ord. 1387/85.-
- Ordenanza 600/80 para la correcta localización y respectivos usos.
- Ordenanza 914/00 y 802/01 (en el caso de tratarse de Salones de Eventos, Convenciones, Boliches, etc.).